MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES

Orden de Conselleria de Territorio y Vivienda para la prevención de incendios forestales en Semana Santa
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01/04/15

De acuerdo a la Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, para el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente siguiente al lunes de Pascua, conocido tradiciaonalmente como Lunes de San Vicente, ambos inclusive, quedan prohibidas, como medida precautoria general, en los terrenos forestales, en los colindantes, o con una proximidad menor a 500 metros de aquellos, las acciones o actividades siguientes:

a) La quema de márgenes de cultivos o de restos agrícolas o forestales.

b) La quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo.

c) Operaciones de destilación de plantas aromáticas.

 

El manual adjunto recoge información sobre normas de seguridad y actuación en el desarrollo de actividades para la prevención de incendios forestales en nuestro territorio.

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Manual Buenas Prácticas.pdf7.87 MB
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