III Certamen literario de narrativa breve Villa de Sax
04/05/18
III CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE “VILLA DE SAX” 2018
BASES DEL CERTAMEN
PRIMERO. Objeto.
Estos premios tiene por objeto el fomentar la narrativa y el conocimiento la literatura, para lo cual se premiará la realización de narrativas, cuyas temáticas se especifican en las siguientes bases.
Estos premios se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.
SEGUNDO.- Premios.
La dotación económica de la subvención prevista asciende a la cantidad de 1.000,00 euros, que se hará efectiva con cargo a la partida 3342.48203 del presupuesto general del Ayuntamiento, con destino a los premios que se concedan por el Certamen de Narrativa Breve, siendo el órgano competente para resolver la Junta de Gobierno Local.
Se establecen el siguiente premio:
1. Premio de 1.000,00 € al mejor relato breve.
El premio podrá declararse desierto si así lo considera el jurado.
Los autores de las obras premiadas autorizan al Ayuntamiento de Sax a que haga uso de ellas mediante su adecuada difusión y distribución.
El Ayuntamiento de Sax publicará las obras ganadoras en la revista El Castillo de Sax y en la Revista de Fiestas de Moros y Cristianos que cada año corresponda.
TERCERO. Modo de presentación de las obras.
Podrán concurrir a este certamen cuantos escritores y escritoras lo deseen, cuyas obras, escritas en castellano, sean originales, inéditas y no galardonadas en otros certámenes o concursos.
Cada participante sólo podrá presentar una obra, que podrá versar sobre cualquier tema.
Los relatos deberán tener una extensión mínima de cinco páginas (tamaño DIN-A4) y máxima de diez, numeradas y mecanografiadas en formato WORD o similar con espacio interlineal de 2 por una sola cara, con letra Times New Roman o similar y tamaño de fuente de 12 puntos. Cualquier obra presentada que no se ajuste a la extensión y formato de presentación será desestimada por el jurado.
Los concursantes podrán optar por uno de los medios siguientes:
1. Mediante registro electrónico a través de las sede electrónica de Sax https://sax.sedelectronica.es, con firma electrónica.
2. Mediante correo certificado, en dos sobres:
A) Un sobre A con el título y la obra que se presenta a concurso, en soporte papel o soporte digital (CD o pendrive).
B) Un sobre B, inserto dentro del sobre A, con el título de la obra, los datos personales identificativos del autor o autora (nombre, apellidos, edad, dirección, teléfono y correo electrónico), fotocopia escaneada de su DNI o pasaporte y declaración expresa y responsable, firmada, garantizando la autoría y originalidad de la obra presentada.
El sobre A que lo contenga todo deberá ser dirigido a la siguiente dirección:
Ayuntamiento de Sax
Concejalía de Cultura
Plaza de la Constitución, 1
03630 SAX (Alicante)
3. Personalmente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Sax, con las normas especificadas para el correo certificado.
Por el hecho de concurrir al certamen, los autores o autoras aceptan estas bases y se comprometen a no retirar su propuesta, una vez enviada, hasta que no se produzca el fallo del jurado.
CUARTO. Plazo de presentación de las obras.
El plazo de presentación de originales será de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del extracto de la convocatoria, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
En ningún caso se admitirán trabajos recibidos con fecha posterior.
QUINTO. Jurado
El Jurado será nombrado por resolución municipal de la Alcaldía-Presidencia y estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: D. Francisco Chico Rico, Catedrático de Filología Española y Lingüística General de la Universidad de Alicante.
Vocales:
Seis especialistas de reconocido prestigio académico.
Secretario:- Un funcionario municipal.
1.- El Jurado se constituirá en su primera reunión y se reunirá tantas veces como sea necesario para la selección de las obras ganadoras,.
2.- En su primera reunión comprobará el sobre A para verificar el efectivo cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases y, en consecuencia, pronunciarse sobre su admisión definitiva. El Secretario quedará con la custodia del sobre B del Certamen Literario de Narrativa Breve Villa de Sax 2018.
3.- En su última reunión procederá al fallo de los premios. En caso de empate en la votación, se decidirá con el voto de calidad del Presidente.
4.- Las decisiones del Jurado serán, en todo caso, inapelables. Los concursantes, por el mero hecho de participar en este Certamen, renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquél.
5.- El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta de premios que corresponda otorgar.
6. - El Jurado designado emitirá el fallo, a lo largo de la primera quincena del mes de septiembre de 2018, fallo que se hará público a través de los medios de difusión local y mediante su publicación en la web del Ayuntamiento de Sax (http://www.sax.es/).
7.-Paralelamente, e inmediatamente después de la deliberación del jurado, se comunicará por correo electrónico y/o teléfono al ganador o ganadora del certamen el premio otorgado.
El premio se entregará en un acto público que se celebrará a lo largo de la segunda quincena del mes de septiembre de 2018, al cual deberán asistir el autor o autora de la obra premiada. La incomparecencia del mismo implicará la no entrega del premio, pero no supondrá que las obras dejen de estar premiadas y, por tanto, el Ayuntamiento seguirá teniendo autorización del propietario de las mismas para su difusión y distribución.
SEXTO. Criterios de valoración
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN Puntuación máxima
1. Originalidad temática……………………………………………….………..30
2. Estructuración formal ………………………………………………… ….30
3. Lenguaje literario y estilo………………………………………………… 20
4. Efectividad estética
(capacidad de producir efectos estéticos en el receptor) . .20
SÉPTIMO. Obligaciones de los beneficiarios del premio:
Los solicitantes premiados vendrán obligados a:
- Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención del Ayuntamiento de Sax.
- Comunicar al Ayuntamiento de Sax cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
Debiendo presentar:
Tarjeta de identificación fiscal del solicitante.
Datos del solicitante: domicilio social, código postal y teléfono.
Datos bancarios del solicitante: nombre, sucursal y número de cuenta, según modelo (anexo II).
Declaración responsable expedida por el solicitante indicando que no se dispone de ninguna otra subvención para financiar la obra en cuestión, o en caso contrario, detallando las subvenciones que se haya solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicas o privadas, que no incurre en ninguna de las causas establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de subvenciones y de estar al corriente de las obligaciones tributarias (Agencia Tributaria) y con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la solicitud (anexo I).
OCTAVO. Procedimiento de concesión:
Vistas las obras presentadas para el III Certamen de Narrativa Breve Villa de Sax, y habiendo fallado el jurado los premios, se emitirá propuesta de resolución por la Concejalía de Cultura como órgano instructor a la Junta de Gobierno Local como órgano de aprobación de la concesión de los citados premios.
Previamente a la formulación de la propuesta de resolución, el órgano instructor comprobará que los beneficiarios cumplen el requisito establecido en el apartado 8 de las presentes bases
La resolución de la convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local y será motivada en base a los criterios de evaluación establecidos en estas bases y contendrá, la relación de la obra que se le ha concedido el premio y su cuantía. Y los que se tiene por desistidos de su solicitud y el motivo de la denegación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la Convocatoria será de seis meses a contar de la publicación de la misma en el boletín Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitimará a los interesados para entender desestimadas por silencia administrativo la solicitudes presentadas.
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y se notificara a los solicitantes conforme a los Arts, 40 al 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
NOVENO. Publicidad de las subvenciones concedidas.
La BDNS operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones.
En lo no regulado en estas bases, se aplicará lo estimado en la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y e Reglamento de Desarrollo.
DÉCIMO. Otras disposiciones.
Los originales presentados y no premiados serán destruidos en un plazo máximo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del fallo del jurado.
Cualquier extremo no previsto en estas bases o duda sobre la interpretación de las mismas serán resueltos por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sax, de acuerdo con el jurado nombrado al efecto.
DISPOSICIÓN FINAL.
Contra la resolución de estas ayudas podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.
SEGUNDO: Ordenar su publicación conforme a la legislación de subvenciones vigentes.
Y para que conste y surta sus efectos donde proceda y a reserva de lo establecido en el art. 206 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se extiende la presente certificación con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente en Sax, firmado digitalmente.
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